De acuerdo con lo estipulado en el Capítulo IV, Regla 17 de las Enmiendas del 88 al Convenio SOLAS 74/78, a bordo de cierto tipo de buques, es obligatorio llevar un Diario del Servicio Radioeléctrico, que se guardará en el Puente de Navegación lo más cerca de la instalación de radio; donde estará disponible para la Inspección de la Autoridad Marítima española y de cualquier otra persona autorizada por otra Administración.
Edición Español / Inglés 2013.
100 páginas
Formato: 29,5 x 21 cm.
Rústica