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Chaleco Salvavidas GS JET 100N, para Moto Acuatica, Color Rojo - JET 100N - Chaleco para moto de agua con 4 anclajes. Diseñado especialmente para navegación en moto acuática.
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Precio
68,90 Eur   IVA incluido
Referencia 132255562
Cantidad
Talla
Chaleco Salvavidas GS JET 100N, para Moto Acuatica
 
JET 100N - Chaleco para moto de agua con 4 anclajes. Diseñado especialmente para navegación en moto acuática.
 
Características:
• Tres cinturones de seguridad (con una hebilla y ajuste de longitud)
• Un cinturon a la altura del pecho
• Una hebilla reflectante
• Un silbato
• Asas para sacar a una persona del agua
• Cintas reflectantes SOLAS
• anillo en D para accesorios
 
Tallas:
Ref. 90250690 - Talla S - M. 40-60KG
Ref. 90250691 - Talla L - XL. 60-90KG
Ref. 90250692 - Talla XXL. + 90KG

Guia de Tamaños:

Talla

Circunferencia del torax

Peso según certificado

Peso recomendado

Desplazamiento según certificado

S / M

86-107 cm

40 - 60 kg

40 - 60 kg

70N

L / XL

107 - 122 cm

60 - 90 kg

60 - 90 kg

100N

XXL

122 cm> cm

m> 90+ kg

m> 90+ kg

100N



INFORMACIÓN DE INTERÉS

Real decreto 339/21

Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.

«Artículo 9. Elementos de seguridad.

1. Con independencia de la modalidad de utilización, cualquier usuario de una moto náutica, tanto si está a su gobierno como si es pasajero, deberá llevar puesto un chaleco salvavidas homologado por la autoridad que corresponda según la nacionalidad del propietario, salvo que posea el marcado de conformidad CE. El chaleco tendrá un mínimo de 100 N de flotabilidad y deberá disponer de un silbato para llamar la atención.

2. Excepcionalmente, se podrá utilizar una ayuda a la flotación de 50 N homologada por la autoridad que corresponda según la nacionalidad del propietario, salvo que posea el marcado de conformidad CE, en las modalidades de utilización de alquiler por horas o fracción en circuito y de auxilio y salvamento marítimo por instituciones u organismos públicos, así como en el resto de modalidades cuando las navegaciones se realicen en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. En todo caso, se seguirán las limitaciones de uso recomendadas por el fabricante de la ayuda y las definidas, en su caso, en la homologación. La ayuda deberá disponer de un silbato para llamar la atención.»

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