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Chaleco Salvavidas Neopreno Neo 50N, CE ISO 12402-5 - La ayuda de flotabilidad Neo es un diseño nuevo, fabricado en neopreno para un ajuste mejor y mas vistoso.
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97,40 Eur   IVA incluido
Referencia L71068
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Chaleco Neopreno Neo 50N, CE ISO 12402-5

La ayuda de flotabilidad Neo es un diseño nuevo, fabricado en neopreno para un ajuste mejor y mas vistoso. Ofrece un nuevo nivel de comodidad y flotación, dos cinchas con hebilla ajustable, exterior de neopreno, silbato, cremallera de plástico, desagüe con redecilla y cinta reflectante SOLAS. Homologado a las ultimas normativas Europeas. Para ayudas de flotación 50 N, ISO 12402-5. Todos los componentes están certificados ISO 12402-7 e ISO 12402 -8 para mayor calidad y durabilidad.

Disponible en 5 tallas.

Código Persona Peso (kg) Tamaño (cm) Flotación (Nt)
L71068 Niño 25-40 65-80 40
L71069 Adulto 40-50 80-90 45
L71070 50-70 90-100 50
L71071 70-90 110-120 55
L71072 > 90 120-130 60

INFORMACIÓN DE INTERÉS

Real decreto 339/21

Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.

«Artículo 9. Elementos de seguridad.

1. Con independencia de la modalidad de utilización, cualquier usuario de una moto náutica, tanto si está a su gobierno como si es pasajero, deberá llevar puesto un chaleco salvavidas homologado por la autoridad que corresponda según la nacionalidad del propietario, salvo que posea el marcado de conformidad CE. El chaleco tendrá un mínimo de 100 N de flotabilidad y deberá disponer de un silbato para llamar la atención.

2. Excepcionalmente, se podrá utilizar una ayuda a la flotación de 50 N homologada por la autoridad que corresponda según la nacionalidad del propietario, salvo que posea el marcado de conformidad CE, en las modalidades de utilización de alquiler por horas o fracción en circuito y de auxilio y salvamento marítimo por instituciones u organismos públicos, así como en el resto de modalidades cuando las navegaciones se realicen en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. En todo caso, se seguirán las limitaciones de uso recomendadas por el fabricante de la ayuda y las definidas, en su caso, en la homologación. La ayuda deberá disponer de un silbato para llamar la atención.»

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